Los seguros de vida en la herencia

Los seguros de vida son contratos que juegan un papel muy importante en una herencia y en su tramitación, en la liquidación del Impuesto de Sucesiones y por su puesto en cuanto al capital que la compañía aseguradora debe abonar al beneficiario del seguro que el tomador del impuesto (el fallecido, el causante de la herencia) designó.


Para ello hay que tener en cuenta una serie de circunstancias que tienen gran importancia de cara a poder percibir ese capital en más o menos tiempo, en cuanto a la forma de liquidar tal percepción derivada del seguro de vida en el Impuesto de Sucesiones y por su puesto, como saber si una persona tenía contratado un seguro de vida, un seguro de cobertura de fallecimiento y poder obtener el correspondiente certificado del Registro de Seguros de Cobertura de Fallecimiento.

Por otro lado, se denomina como seguros de vida a todos los seguros que tienen algún tipo de previsión relacionada con el fallecimiento de una persona, y en el certificado del Registro de Seguros de Cobertura de Fallecimiento pueden aparecer muchas pólizas, si bien es frecuente que todas ellas no sean estrictamente seguros de vida puros. También podemos encontrarnos con seguros de accidentes, con seguros de decesos e incluso con un seguro unit linked, que se tratande un híbrido entre producto financiero complejo de inversión colectiva y un contrato de seguro de vida, pudiendo generar ciertas dudas en cuanto a su tributación por el Impuesto de Sucesiones o bien por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.

Hablamos de todas estas cuestiones en el artículo titulado SEGURO DE VIDA, HERENCIA E IMPUESTO DE SUCESIONES que puedes consultar en nuestro blog dedicado al Derecho de Herencias y Testamentos.

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